Desde El Fuerte Sinaloa, abril 16, 2024

Se acabaron los comerciales de cigarros; Senado avala prohibición a publicidad de tabacaleras:

Se acabaron los comerciales de cigarros; Senado avala prohibición a publicidad de tabacaleras:

Las empresas no podrán contratar ningún servicio de publicidad indirecta o directa para promover sus productos.-

RENÉ VEGA: Periodismo Disruptivo. San Blas, El Fuerte, Sinaloa. A 14 de diciembre de 2021.- De manera unánime, el pleno del Senado avaló una reforma a la Ley General para el Control del Tabaco que prohíbe a las tabacaleras contratar publicidad para promocionar sus productos.

Con 97 votos a favor y cero en contra, los legisladores aprobaron el dictamen que fue enviado por la Cámara de Diputados y ahora fue enviado al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y que entre en vigor.

La reforma deja en firme que queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación que pretenda posicionar los elementos de la marca de estos, que fomente la compra, el consumo o preferencia por parte de la población.

También define como espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, aquella área física con acceso al público, todo lugar de trabajo, transporte público o espacio de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina;

Con esto, el Senado busca proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.

 

 

Estos productos no podrán ser ofrecidos por ningún medio

“Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría”, expone.

También, la Secretaría de Salud pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias sobre los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones así como el incumplimiento de esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

 

Se establece un plazo de 60 días posteriores a la publicación del decreto para que los propietarios, administradores o responsables de los establecimientos o lugares con acceso al público, áreas de trabajo, públicas y privadas, ubiquen las zonas exclusivas para fumar en espacios no interiores al aire libre.

Asimismo, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, deberán adecuar sus Leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda, para que sean congruentes con lo dispuesto en el decreto.

Con información de: https://heraldodemexico.com.mx/